CONFERENCIA

“El Tribunal de Justicia de la Unión Europea: ¿El nuevo legislador procesal civil?”.

Fecha: 18 de septiembre Hora: 19.15 h En 1986 España ingresó en las (entonces) Comunidades Europeas con mucho espíritu europeísta y un punto de ingenuidad, en tanto que entendíamos que dicha integración solo nos aportaría elementos positivos. Con el paso de los años fuimos constatando que, en general, esa percepción inicial era cierta, en tanto que, además de los indudables beneficios económicos que fuimos teniendo, desde el punto de vista estrictamente normativo el ser parte del club europeo nos fue obligando a actualizar buena parte de nuestra normativa, especialmente en el ámbito de la regulación económica, consiguiendo así ir superando rigideces de nuestro armazón jurídico. Esto, que era y sigue siendo una indudable ventaja, tenía sin embargo, como todas las cosas buenas de la vida, un reverso oscuro, que era el de que si no adaptábamos la normativa exactamente como “desde Bruselas” se entendía que teníamos que hacerlo, nos iban a obligar a hacerlo, bien por la vía de los procedimientos de infracción o bien por la de las cuestiones prejudiciales. Este “lado oscuro” se fue mostrando poco a poco a finales de los años 90 y apareció ya sin paliativos la década pasada, cuando diversas sentencias nos fueron obligando a cambiar diferentes normas, especialmente en el ámbito tributario y puramente administrativo.Esta realidad había sido tradicionalmente ajena a la jurisdicción civil, con alguna excepción en el ámbito societario. Sin embargo, en los últimos años, nos estamos encontrando cómo el Tribunal de Justicia va dictando sentencias que, tanto en el ámbito contractual (cláusulas abusivas) como muy especialmente en el procesal, van influyendo de manera decisiva en nuestra legislación. Así, en los últimos dos años hemos asistido a tres sentencias (una por año) que, como se diría coloquialmente, “han puesto patas arriba” nuestro procedimiento de ejecución civil. Se trata de la sentencia del “caso Banesto” (STJUE de 14 de junio de 2012), la sentencia del “caso Azziz” (STJUE de 14 de marzo de 2013) y la muy reciente sentencia del “caso Sánchez Morcillo” (STJUE de 17 de julio de 2014). Estos pronunciamientos judiciales y la situación que están creando plantean muchísimos interrogantes. Entre otros:

  • ¿Las personas que negociaron por nuestro país las diferentes directivas de protección del consumidor tenían en mente que las mismas supondrían una afectación tan directa en el ámbito procesal?
  • ¿Tiene sentido que de hecho se produzca esta afectación tan directa?, ¿no supone una pérdida de soberanía no querida?
  • ¿Es lógico que el TJUE se esté convirtiendo, a los efectos del reino de España, en la jurisdicción de “lo consumidor”?
  • ¿Hay cierto prejuicio contra la normativa procesal española derivada de la crisis o es simplemente que legislamos mal?
  • ¿Pronunciamientos como estos van a acabar dejando sin sentido al procedimiento de ejecución hipotecaria? ¿Cuáles van a ser las consecuencias?

Para tratar de estas y muchas otras cuestiones que pueden suscitarse tenemos a tres personas con enorme experiencia en la materia: – Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán. Magistrado del Tribunal Supremo. Presidente de la Sala Primera del Tribunal Supremo. – Ilmo. Sr. D. José María Fernández Seijo. Magistrado de lo Mercantil de Barcelona. – Sr. D. Miguel Sampol Pucurull. Abogado del Estado y director del Servicio Jurídico ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ponentes:

Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán. Magistrado del Tribunal Supremo. Presidente de la Sala Primera del Tribunal Supremo.

Francisco Marín

Resumen ponencia

Ilmo. Sr. D. José María Fernández Seijo.Magistrado de lo Mercantil de Barcelona.

Francisco Marín

Resumen ponencia

Sr. D. Miguel Sampol Pucurull.Abogado del Estado y director del Servicio Jurídico ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Francisco Marín

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